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Legislación › Real Decreto 1067/2015, de 27 de noviembre, por el que se crea la Agencia Estatal de Investigación y se aprueba su Estatuto.

Artículo 16. Estructura básica.

Artículo 16. Estructura básica.

1. La Agencia contará, bajo la dependencia jerárquica de la persona titular de su Dirección, con una Dirección de Gestión Científica y Tecnológica, una Dirección de Programación y Seguimiento Económico, una Secretaría General y una Unidad de Apoyo.

2. La Dirección de Gestión Científica y Tecnológica contará con las siguientes subdirecciones: la Subdirección de Evaluación, la Subdirección de Programas Temáticos y la Subdirección de Programas Horizontales e Internacionalización.

3. La Dirección de Programación y Seguimiento Económico contará con las siguientes subdirecciones: la Subdirección de Procedimientos de Concesión, la Subdirección de Seguimiento Económico y la Subdirección de Fondos Europeos.

4. La Secretaría General contará con la Subdirección de Gestión Económica de Ayudas.

5. Los titulares de la Secretaría General, direcciones y subdirecciones indicadas en este artículo tendrán la consideración de personal directivo a los efectos del artículo 30.

Se modifica por el art. único.12 del Real Decreto 1122/2025, de 10 de diciembre. BOE-A-2025-25269

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
12 de diciembre de 2025 En vigor BOE-A-2025-25269 Leer Qué cambió
29 de noviembre de 2015 Texto original Leer

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