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Legislación › Real Decreto 1173/2015, de 29 de diciembre, de desarrollo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca en lo relativo a las ayudas a la paralización definitiva y temporal de la actividad pesquera.

ANEXO III

Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de diciembre de 2023 y la del 20 de marzo de 2026. Tachado: lo que se quitó (38 palabras). Subrayado: lo que se añadió (33 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO III
Importe máximo de la prima. Paralización temporal
Baremo para armadores
Cuantías máximas de la indemnización
La cuantía de la indemnización se calculará mediante la siguiente fórmula*:
[(prima coste fijo x gt) + (prima lucro cesante)] x número de días de paralización
La cuantificación de las primas obedece a la siguiente tabla:
Arte de pesca ·
Prima coste fijo
Importe/gt/día Importe/GT/día
–
Euros
·
Prima lucro cesante
Importe/día/buque
–
Euros
·
Pesca artesanal (Inferior a 12 (<12 metros).
·
20,01 19,03 ·
31,73 25,18 ·
Resto flota. de flota (≥ 12 metros).
·
DFN (Redes de enmalle), Enmalle.
DRB (Dragas y rastros), Rastras.
FPO (Nasas), Nasas.
PMP (Polivalentes fijas y móviles), Polivalentes.
PGP (Polivalentes fijas). Fijos.
·
6,72 6,36 ·
29,00 26,42 ·
HOK (anzuelo). anzuelos. ·
5,33 5,68 ·
59,90 69,19 ·
DTS (arrastre). Arrastreros. ·
6,20 6,11 ·
91,35 84,62 ·
PS (cerco). Cerqueros. ·
6,82 7,44 ·
171,92 157,57 ·
* Importe mínimo para a percibir: 134 125,43 euros por día.
Importe máximo para percibir por día a percibir: 2.000 euros. euros por día.
·

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de marzo de 2026 En vigor BOE-A-2026-6400 Leer Qué cambió
28 de diciembre de 2023 BOE-A-2023-26333 Leer Qué cambió
14 de mayo de 2017 BOE-A-2017-5274 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2015 Texto original Leer

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