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Legislación › Ley 7/2014, de 13 de noviembre, de Garantía de los Derechos de las Personas con Discapacidad en Castilla-La Mancha.

Disposición final sexta. Desarrollo reglamentario en materia de animales de apoyo.

Disposición final sexta. Desarrollo reglamentario en materia de animales de apoyo.

En el plazo de dieciocho meses el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha procederá a la elaboración y aprobación del desarrollo reglamentario correspondiente al procedimiento de reconocimiento y acreditación de los animales de apoyo, así como las condiciones higiénico-sanitarias que deben cumplir.

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