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Legislación › Orden ECC/566/2015, de 20 de marzo, por la que se establecen los requisitos de capacitación que debe cumplir el personal que maneje animales utilizados, criados o suministrados con fines de experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia.

Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio.

Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio.

Los procedimientos sobre mantenimiento de la capacitación iniciados antes de la entrada en vigor de esta orden serán tramitados y resueltos conforme a la redacción anterior.

Se añade por el art. único. 6 de la Orden CNU/120/2025, de 3 de febrero. BOE-A-2025-2419

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