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Legislación › Ley 4/2015, de 23 de marzo, de derechos y garantías de la persona en el proceso de morir.

Disposición adicional tercera. Cuidados paliativos.

Disposición adicional tercera. Cuidados paliativos.

La administración pública sanitaria, para el mejor cumplimiento de lo que establece esta ley en relación a la prestación de cuidados paliativos, procurará una formación específica de alta calidad a sus profesionales en su ámbito y promoverá las medidas necesarias para disponer en el Sistema Sanitario Público de las Illes Balears del número y la dotación adecuados de unidades de cuidados paliativos y equipos de soporte.

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