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Legislación › Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Quedan derogadas cuantas normas de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente ley. En especial, queda derogada la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, en todo lo regulado por esta ley, específicamente sus títulos III y IV, sin que afecte a la vigencia de las disposiciones que resultan de aplicación a la Administración pública de la Comunidad Autónoma.

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