LexTotal

Legislación › Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Artículo 45. Creación del registro.

Artículo 45. Creación del registro.

(Derogado).

Se deroga por la disposición derogatoria del Decreto-ley 1/2017, de 14 de febrero. BOE-A-2017-3481

Redactado conforme a la corrección de erratas publicada por DOGC núm. 6846, de 8 de abril de 2015. DOGC-f-2015-90359.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
16 de febrero de 2017 En vigor BOE-A-2017-3481 Leer Qué cambió
30 de junio de 2015 Texto original Leer

← Artículo 44 Índice Artículo 46 →