Legislación › Ley 3/2015, de 25 de marzo, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Aragón.
Disposición transitoria quinta. Período para la aprobación del Código de Buenas Prácticas.
Disposición transitoria quinta. Período para la aprobación del Código de Buenas Prácticas.
Las Cámaras de Comercio, Industria y Servicios dispondrán de un plazo máximo de un año a partir de la entrada en vigor de la presente ley para la aprobación del Código de Buenas Prácticas previsto en el artículo 25.
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