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Legislación › Ley 7/2015, de 25 de marzo, de Bibliotecas de Aragón.

Disposición final primera. Habilitación de desarrollo reglamentario.

Disposición final primera. Habilitación de desarrollo reglamentario.

Se faculta al Gobierno de Aragón a dictar las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo de la presente ley.

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