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Ley 7/2015, de 25 de marzo, de Bibliotecas de Aragón.
En vigor Comunidad Autónoma de Aragón · Publicada el 14 de mayo de 2015 · Último cambio el 10 de abril de 2015 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- TÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Definiciones y clasificaciones.
- Artículo 4. Principios y valores de las bibliotecas.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 5. El Sistema de Bibliotecas de Aragón.
- Artículo 6. Registro de Bibliotecas de Aragón.
- Artículo 7. Mapa de Bibliotecas de Aragón.
- Artículo 8. Órgano directivo.
- Artículo 9. La Comisión Asesora de Bibliotecas.
- Artículo 10. Normas en materia de conservación y reproducción.
- CAPÍTULO II
- Artículo 11. La Biblioteca de Aragón.
- Artículo 12. Estructura y funcionamiento.
- Artículo 13. Funciones.
- CAPÍTULO III
- Artículo 14. Funciones de la Biblioteca Histórica de Aragón.
- Artículo 15. Estructura y funcionamiento.
- Artículo 16. Funciones.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 17. La Red de Bibliotecas Públicas de Aragón.
- Artículo 18. Integración en la Red de Bibliotecas Públicas de Aragón.
- Artículo 19. Acceso a redes electrónicas.
- Artículo 20. Derechos de los usuarios de las bibliotecas integradas en la Red de Bibliotecas Públicas de Aragón.
- Artículo 21. Obligaciones de los usuarios de las bibliotecas integradas en la Red de Bibliotecas Públicas de Aragón.
- CAPÍTULO V
- Artículo 22. Fondos bibliotecarios.
- Artículo 23. Servicios básicos.
- Artículo 24. Recursos humanos y materiales.
- Artículo 25. Las bibliotecas públicas del Estado en Aragón.
- Artículo 26. Las bibliotecas públicas comarcales.
- Artículo 27. Las bibliotecas públicas municipales.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 28. Las bibliotecas de los centros públicos de enseñanza universitaria.
- Artículo 29. Las bibliotecas escolares.
- Artículo 30. Las bibliotecas especializadas.
- TÍTULO III
- Artículo 31. Infracciones administrativas.
- Artículo 32. Sujetos responsables.
- Artículo 33. Clasificación de las infracciones.
- Artículo 34. Infracciones muy graves.
- Artículo 35. Infracciones graves.
- Artículo 36. Infracciones leves.
- Artículo 37. Prescripción de las infracciones.
- Artículo 38. Sanciones.
- Artículo 39. Prescripción de las sanciones.
- Artículo 40. Circunstancias modificativas de la responsabilidad.
- Artículo 41. Procedimiento sancionador.
- Artículo 42. Órganos competentes.
- Disposición transitoria única.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Habilitación de desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Regulación de los medios personales y materiales.
- Disposición final tercera. Elaboración del Mapa de Bibliotecas.
- Disposición final cuarta. Elaboración del Reglamento de Funcionamiento de la Comisión Asesora de Bibliotecas.
- Disposición final quinta. Elaboración del Reglamento de Funcionamiento de la Biblioteca de Aragón.
- Firma


