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Legislación › Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia.

Artículo 62. Adquisición de la condición de personal eventual.

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Artículo 62. Adquisición de la condición de personal eventual.
La adquisición de la condición de personal eventual exige, en todo caso, además del correspondiente nombramiento, el cumplimiento sucesivo de los requisitos establecidos del requisito establecido en las letras la letra d) y e) del artículo 60. la correspondiente toma de posesión.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2022 En vigor BOE-A-2022-3415 Leer Qué cambió
24 de mayo de 2015 Texto original Leer

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