LexTotal

Legislación › Ley

Ley 2/2015, de 10 de marzo, de Acceso al Entorno de Personas con Discapacidad que Precisan el Acompañamiento de Perros de Asistencia.

En vigor Comunidad de Madrid · Publicada el 3 de junio de 2015 · Último cambio el 13 de marzo de 2015 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
  4. Artículo 2. Definiciones.
  5. Artículo 3. Clasificación de perros de asistencia.
  6. CAPÍTULO II
  7. Artículo 4. Reconocimiento de la condición de perro de asistencia y de unidad de vinculación.
  8. Artículo 5. Reconocimiento de las condiciones de perro de asistencia en formación y de perro de asistencia jubilado.
  9. Artículo 6. Acreditación e identificación de perros de asistencia, perros de asistencia jubilados y unidades de vinculación.
  10. Artículo 7. Responsables del perro de asistencia y del perro de asistencia jubilado.
  11. Artículo 8. Suspensión y pérdida de las condiciones de perro de asistencia, perro de asistencia jubilado y de las unidades de vinculación.
  12. Artículo 9. Registro de perros y unidades de vinculación.
  13. CAPÍTULO III
  14. Artículo 10. Entidades de adiestramiento de perros de asistencia.
  15. Artículo 11. Capacitación profesional de adiestrador o adiestradora.
  16. CAPÍTULO IV
  17. Artículo 12. Derecho de acceso a lugares públicos o de uso público.
  18. Artículo 13. Derecho de acceso a lugares y espacios privados de uso colectivo.
  19. Artículo 14. Derecho de acceso en el entorno laboral.
  20. Artículo 15. Normas para el ejercicio del derecho de acceso.
  21. Artículo 16. Normas para el ejercicio del derecho de acceso en los transportes.
  22. Artículo 17. Obligaciones.
  23. Artículo 18. Limitaciones y prohibiciones del derecho de acceso.
  24. CAPÍTULO V
  25. Artículo 19. Infracciones.
  26. Artículo 20. Sujetos responsables.
  27. Artículo 21. Clasificación de las infracciones.
  28. Artículo 22. Sanciones.
  29. Artículo 23. Graduación de las sanciones.
  30. Artículo 24. Potestad sancionadora y competencia.
  31. Artículo 25. Procedimiento.
  32. Artículo 26. Prescripción de infracciones y sanciones.
  33. Disposición adicional primera. Campañas informativas.
  34. Disposición adicional segunda. Estancias temporales de perros de asistencia en la Comunidad de Madrid.
  35. Disposición transitoria primera. Reconocimiento del derecho de acceso a los perros guía.
  36. Disposición transitoria segunda. Reconocimiento del derecho de acceso a otro tipo de perros de asistencia
  37. Disposición transitoria tercera. Profesionales del adiestramiento sin cualificación profesional oficialmente reconocida.
  38. Disposición derogatoria.
  39. Disposición final primera. Habilitación normativa.
  40. Disposición final segunda. Adaptación de las Ordenanzas Municipales.
  41. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  42. Firma