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Legislación › Ley 3/2015, de 5 de marzo, de Caza de Castilla-La Mancha.

Artículo 22. Modalidades de caza.

Artículo 22. Modalidades de caza.

1. El ejercicio de la caza podrá ejercerse mediante las modalidades de caza que se determinen reglamentariamente con los requisitos, limitaciones y medidas precautorias de seguridad que se establezcan.

2. La autorización de cualquier modalidad de caza y las especies que son objeto de caza, quedarán contempladas en la resolución aprobatoria del Plan de Ordenación Cinegética del terreno donde pretenda llevarse a cabo y quedarán supeditadas a su comunicación cuando proceda, sin perjuicio de aquellas autorizaciones de otro carácter que pueda realizar la Dirección General o los órganos provinciales.

Se modifica por el art. 1.14 de la Ley 2/2018, de 15 de marzo. BOE-A-2018-6000

Redacciones de este artículo

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15 de abril de 2018 En vigor BOE-A-2018-6000 Leer Qué cambió
1 de abril de 2015 Texto original Leer

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