Legislación › Real Decreto 418/2015, de 29 de mayo, por el que se regula la primera venta de los productos pesqueros.
Disposición adicional sexta. Resolución de denominaciones comerciales.
Disposición adicional sexta. Resolución de denominaciones comerciales.
Las especies deberán siempre identificarse con la denominación comercial, el nombre científico y el código Alfa-3 FAO establecidos en la resolución de la Secretaría General de Pesca por la que se publique el listado de denominaciones comerciales de especies pesqueras y de acuicultura admitidas en España.
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