Legislación › Real Decreto 418/2015, de 29 de mayo, por el que se regula la primera venta de los productos pesqueros.
Disposición adicional quinta. Información sobre lonjas, establecimientos autorizados y compradores registrados.
Disposición adicional quinta. Información sobre lonjas, establecimientos autorizados y compradores registrados.
La Secretaría General de Pesca publicará anualmente en la página web del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, una relación de las lonjas y establecimientos autorizados, así como los compradores registrados para operar en España. Las comunidades autónomas transmitirán esta información a la Secretaría General de Pesca dentro del primer trimestre de cada año.
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