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Legislación › Ley 10/2015, de 19 de junio, de formación y cualificación profesionales.

Artículo 15. Recursos humanos.

Artículo 15. Recursos humanos.

1. El personal de la Agencia Pública de Formación y Cualificación Profesionales de Cataluña debe ser funcionario o laboral en los términos y las condiciones que se establecen para el personal de la Administración de la Generalidad, de conformidad con la legislación aplicable.

2. El personal de la Agencia Pública de Formación y Cualificación Profesionales de Cataluña debe ser el adecuado y necesario para garantizar el cumplimiento de las funciones de este órgano.

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