Legislación › Ley 10/2015, de 19 de junio, de formación y cualificación profesionales.
Artículo 15. Recursos humanos.
Artículo 15. Recursos humanos.
1. El personal de la Agencia Pública de Formación y Cualificación Profesionales de Cataluña debe ser funcionario o laboral en los términos y las condiciones que se establecen para el personal de la Administración de la Generalidad, de conformidad con la legislación aplicable.
2. El personal de la Agencia Pública de Formación y Cualificación Profesionales de Cataluña debe ser el adecuado y necesario para garantizar el cumplimiento de las funciones de este órgano.


