Legislación › Ley 10/2015, de 19 de junio, de formación y cualificación profesionales.
Artículo 25. Autonomía de los centros de formación profesional integrada.
Artículo 25. Autonomía de los centros de formación profesional integrada.
Los centros de formación profesional integrada disponen de autonomía pedagógica, de organización y de gestión económica y de personal, de acuerdo con lo que se establezca reglamentariamente. Estos centros pueden, en el marco de su autonomía, desarrollar acuerdos y convenios con empresas, instituciones y entidades para ofrecer servicios de formación y para un mejor aprovechamiento de sus infraestructuras y recursos disponibles u otras acciones que contribuyan a alcanzar sus objetivos.


