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Legislación › Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Disposición transitoria novena. Plazo de solicitud para la prolongación de la permanencia en el servicio activo.

Disposición transitoria novena. Plazo de solicitud para la prolongación de la permanencia en el servicio activo.

El plazo de dos meses previsto en el artículo 386 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para solicitar la prolongación de la permanencia en el servicio activo no será exigible a quienes se jubilen entre la fecha de entrada en vigor de la presente Ley y el 1 de diciembre de 2015.

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