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Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 22 de julio de 2015 · Último cambio el 27 de noviembre de 2024 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- Artículo único. Modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
- Disposición adicional primera. Referencias en las normas de fecha anterior.
- Disposición adicional segunda. Elaboración del escalafón del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.
- Disposición adicional tercera. Pruebas de especialización.
- Disposición adicional cuarta. Uso obligatorio de las nuevas tecnologías.
- Disposición adicional quinta. Pensión de jubilación. 3 redacciones · cambió el 04/07/2018
- Disposición adicional sexta. Prórroga de servicio activo de Fiscales y Letrados de la Administración de Justicia.
- Disposición transitoria primera. Normativa aplicable a los procedimientos judiciales ya iniciados.
- Disposición transitoria segunda. Régimen del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo.
- Disposición transitoria tercera. Magistrados y Fiscales eméritos.
- Disposición transitoria cuarta. Secretarios de Gobierno y Secretarios Coordinadores.
- Disposición transitoria quinta. Planes anuales de suplencias y sustituciones.
- Disposición transitoria sexta. Institutos de Medicina Legal.
- Disposición transitoria séptima. Dilación del requisito de especialidad en Medicina Legal y Forense para el acceso al Cuerpo de Médicos Forenses. 2 redacciones · cambió el 05/06/2021
- Disposición transitoria octava. Pensión de jubilación. 3 redacciones · cambió el 04/07/2018
- Disposición transitoria novena. Plazo de solicitud para la prolongación de la permanencia en el servicio activo.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial. 2 redacciones · cambió el 27/11/2024
- Disposición final segunda. Modificación de la Ley Orgánica 2/1989, de 13 de abril, Procesal Militar.
- Disposición final tercera. Modificación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
- Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
- Disposición final quinta. Disposiciones con carácter de ley ordinaria y título competencial.
- Disposición final sexta. Normativa militar.
- Disposición final séptima. Normativa procesal.
- Disposición final octava. Estatuto básico de los Letrados del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo.
- Disposición final novena. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final décima. Entrada en vigor.
- Firma


