Legislación › Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco.
Artículo 103. Pacto de designación de sucesor.
Artículo 103. Pacto de designación de sucesor.
El pacto de designación de sucesor puede contener la disposición de la herencia, tanto a título universal como particular, así como la renuncia a la misma; en ambos supuestos, los otorgantes pueden fijar las reservas, sustituciones, cargas, obligaciones y condiciones a que haya de sujetarse.


