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Legislación › Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco.

Artículo 102. Pacto sucesorio y donación mortis causa.

Artículo 102. Pacto sucesorio y donación mortis causa.

La donación mortis causa de bienes singulares se considera pacto sucesorio y también lo será la donación universal inter vivos, salvo estipulación en contrario.

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