Legislación › Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco.
Artículo 102. Pacto sucesorio y donación mortis causa.
Artículo 102. Pacto sucesorio y donación mortis causa.
La donación mortis causa de bienes singulares se considera pacto sucesorio y también lo será la donación universal inter vivos, salvo estipulación en contrario.


