Legislación › Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco.
Artículo 89. Libertad de testar en el valle de Ayala.
Artículo 89. Libertad de testar en el valle de Ayala.
1. Los que ostenten la vecindad civil local ayalesa pueden disponer libremente de sus bienes como quisieren y por bien tuvieren por testamento, donación o pacto sucesorio, a título universal o singular, apartando a sus legitimarios con poco o mucho.
2. Se entiende por legitimarios los que lo fueren con arreglo al artículo 47 de esta ley.


