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Legislación › Ley 5/2015, de 25 de junio, de Derecho Civil Vasco.

Artículo 88. Ámbito territorial.

Artículo 88. Ámbito territorial.

1. El Derecho civil propio del valle de Ayala rige en los términos municipales de Ayala, Amurrio y Okondo, y en los poblados de Mendieta, Retes de Tudela, Santacoloma y Sojoguti del municipio de Artziniega.

2. Las posteriores modificaciones administrativas en los términos municipales enumerados no alterarán el Derecho civil aplicable.

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