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Legislación › Aplicación provisional del Convenio de sede entre el Reino de España y la Organización Mundial del Turismo, hecho en Madrid el 25 de junio de 2015.

Artículo 29. Controversia de índole privada.

Artículo 29. Controversia de índole privada.

La Organización dictará disposiciones que prevean las soluciones apropiadas para el arreglo de:

a) las controversias que provengan de contratos en que la Organización sea parte u otras controversias de derecho privado;

b) las controversias en que esté implicado un funcionario de la Organización que, debido a su situación oficial, goce de inmunidad si ésta no ha sido levantada en virtud de las disposiciones del artículo 22.

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