Legislación › Real Decreto 594/2015, de 3 de julio, por el que se regula el Registro de Entidades Religiosas.
Disposición adicional primera. Convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas.
Disposición adicional primera. Convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas.
El Ministerio de Justicia y las comunidades autónomas, en el marco de lo dispuesto en sus respectivos Estatutos de Autonomía, podrán firmar convenios de colaboración con el objeto de permitir la participación de la comunidad autónoma en la gestión del Registro de Entidades Religiosas.


