Legislación › Real Decreto 594/2015, de 3 de julio, por el que se regula el Registro de Entidades Religiosas.
Disposición final cuarta. Aplicación y desarrollo del real decreto.
Disposición final cuarta. Aplicación y desarrollo del real decreto.
Se autoriza al Ministro de Justicia para dictar las disposiciones precisas para la aplicación y desarrollo de este real decreto.
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