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Legislación › Ley 12/2014, de 16 de diciembre, agraria de las Illes Balears.

Artículo 143. Integración en el sector agrario de las personas con discapacidad.

Artículo 143. Integración en el sector agrario de las personas con discapacidad.

Las administraciones públicas competentes en materia agraria se basarán en el principio de discriminación positiva de las personas con discapacidad, para favorecer su integración en el sector agrario y agroalimentario.

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