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Legislación › Circular 2/2016, de 2 de febrero, del Banco de España, a las entidades de crédito, sobre supervisión y solvencia, que completa la adaptación del ordenamiento jurídico español a la Directiva 2013/36/UE y al Reglamento (UE) n.º 575/2013.

ANEJO I

 

ANEJO I

Indicadores obligatorios para la identificación de otras entidades de importancia sistémica

Criterio Indicadores Ponderación
Tamaño. Activos totales. 25 %
Importancia (incluida la sustituibilidad de la infraestructura financiera). Valor de las operaciones de pago nacionales. 8,33 %
Depósitos del sector privado residente en la UE. 8,33 %
Préstamos al sector privado residente en la UE. 8,33 %
Complejidad / actividad transfronteriza. Valor de los derivados OTC (nocional). 8,33 %
Pasivos transnacionales. 8,33 %
Activos transnacionales. 8,33 %
Interconexión. Pasivos dentro del sistema financiero. 8,33 %
Activos dentro del sistema financiero. 8,33 %
Valores representativos de deuda en circulación. 8,33 %

Se modifica en la forma establecida en el anejo I de la Circular 3/2022, de 30 de marzo, según establece la norma primera.56. BOE-A-2022-5524 

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
7 de abril de 2022 En vigor BOE-A-2022-5524 Leer Qué cambió
10 de febrero de 2016 Texto original Leer

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