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Legislación › Circular 2/2016, de 2 de febrero, del Banco de España, a las entidades de crédito, sobre supervisión y solvencia, que completa la adaptación del ordenamiento jurídico español a la Directiva 2013/36/UE y al Reglamento (UE) n.º 575/2013.

Disposición transitoria sexta. Estados de medición de riesgo de liquidez.

Disposición transitoria sexta. Estados de medición de riesgo de liquidez.

(Suprimida)

Se suprime por la norma primera.55 de la Circular 3/2022, de 30 de marzo. BOE-A-2022-5524

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
7 de abril de 2022 En vigor BOE-A-2022-5524 Leer Qué cambió
10 de febrero de 2016 Texto original Leer

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