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Legislación › Ley 8/2015, de 28 de diciembre, de Radio Televisión Madrid.

Artículo 18. Competencias y funciones.

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Artículo 18. Competencias y funciones.
1. Corresponden al Consejo de Administración las facultades que la legislación mercantil le atribuye como indelegables y, en especial, las siguientes funciones:
a) Elegir al Presidente.
b) Realizar Proponer a la convocatoria pública del Comisión a que se refiere el artículo 41 de esta Ley el candidato a Director General.
c) (Derogado)
d) Aprobar la organización básica
General, remitiéndole su curriculum vitae, así como cualquier otra documentación que, en su caso, considere oportuna para verificar el cumplimiento de Radio Televisión Madrid y sus modificaciones. los requisitos detallados en el apartado 5 del artículo 21.
e) c) Aprobar las directrices básicas en material de personal y plantilla.
f) d) Aprobar el reglamento interno y demás normas de funcionamiento del propio Consejo.
g) e) Aprobar la creación de los órganos de participación, asesoramiento o de control interno.
h) f) Aprobar el plan anual de actividades, la memoria anual y los anteproyectos de presupuestos de Radio Televisión Madrid elaborados por el Director General.
i) g) Vigilar el cumplimiento de la misión de servicio público atribuida por la Carta básica y el Contrato-programa.
j) h) Aprobar, a propuesta del Director General, el plan general de actuación de Radio Televisión Madrid y los planes de programación de los distintos canales de radio y televisión públicos.
k) i) Aprobar las normas reguladoras de la emisión de publicidad teniendo en cuenta los criterios de autorregulación del sector.
l) j) Aprobar el informe anual sobre la gestión de Radio Televisión Madrid y sobre el cumplimiento de la misión de servicio público atribuida.
m) k) Aprobar el proyecto de presupuestos anuales de explotación y capital, así como el plan estratégico empresarial.
n) l) Formular las cuentas anuales.
2. Corresponde asimismo al Consejo de Administración Administración, de forma coordinada con el Director General, el establecimiento de los criterios rectores o principios que deben inspirar la dirección editorial de Radio Televisión Madrid.

Redacciones de este artículo

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30 de diciembre de 2023 En vigor BOE-A-2024-10766 Leer Qué cambió
10 de julio de 2021 BOE-A-2022-1191 Leer Qué cambió
30 de diciembre de 2015 Texto original Leer

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