Legislación › Ley 1/2016, de 7 de abril, de Atención Integral de Adicciones y Drogodependencias.
Artículo 21. Prevención en el ámbito de los medios de comunicación social.
Artículo 21. Prevención en el ámbito de los medios de comunicación social.
1. Las administraciones públicas vascas competentes, en colaboración con los medios de información y comunicación, especialmente con los de titularidad pública, adoptarán en este ámbito medidas preventivas de las adicciones, con el objeto de:
a) Difundir una información adecuada sobre las adicciones, sobre su prevalencia en la población y sobre sus consecuencias, con el fin de evitar tanto alarmas injustificadas como la banalización de determinados consumos o conductas, así como para generar en la ciudadanía estados de opinión y actitudes críticas.
b) Difundir campañas y mensajes de carácter preventivo.
c) Consensuar el tratamiento de la cuestión en los medios de información y comunicación.
d) Luchar contra la formación de imágenes positivas o atractivas en relación con determinados consumos o conductas excesivas susceptibles de adoptar un patrón adictivo, especialmente los juegos de azar, y las tecnologías digitales y sus nuevas aplicaciones.
2. Los medios de comunicación de titularidad pública incorporarán en su programación habitual contenidos dirigidos a difundir mensajes preventivos.
3. Para la difusión de sus campañas institucionales sobre prevención de las adicciones a sustancias y de las adicciones comportamentales, el órgano de apoyo y asistencia regulado en la presente ley dispondrá de espacios gratuitos de publicidad en los medios de comunicación de titularidad pública de la Comunidad Autónoma, hasta al menos el 5% del tiempo dedicado a la publicidad en cada una de las franjas horarias elegidas por el propio órgano y durante todo el tiempo que duren las campañas.
Las administraciones públicas vascas, los organismos autónomos, los entes públicos de derecho privado y las empresas públicas dependientes de ellas contribuirán a la difusión de las referidas campañas institucionales en el ámbito de sus competencias, mediante la cesión de los espacios o lugares tanto interiores como exteriores destinados a publicidad de los que sean titulares.
Teniendo en cuenta la importancia de las redes sociales como estructuras sociales que permiten la relación, interactuación y comunicación entre personas, así como la organización, la producción, la transformación, la difusión y el intercambio de información y conocimiento, las administraciones públicas vascas promoverán un uso responsable de las redes sociales realizarán campañas de sensibilización y prevención, y llevarán a cabo acciones preventivas de las específicamente dirigidas a ese entorno, en colaboración con las empresas proveedoras de redes públicas de comunicación o prestadoras de servicios de comunicaciones, así como con las organizaciones de personas usuarias.


