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Orden ECC/664/2016, de 27 de abril, por la que se aprueba la lista de información a remitir en supuestos de adquisición o incremento de participaciones significativas en entidades aseguradoras y reaseguradoras y por quienes pretendan desempeñar cargos de dirección efectiva o funciones que integran el sistema de gobierno en entidades aseguradoras, reaseguradoras y en los grupos de entidades aseguradoras y reaseguradoras.
En vigor Ministerio de Economía y Competitividad · Publicada el 6 de mayo de 2016 · Último cambio el 6 de mayo de 2016 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- CAPITULO I
- Artículo 1. Obligación de suministrar información para la evaluación cautelar de las adquisiciones y de los incrementos de participaciones significativas en entidades aseguradoras y reaseguradoras.
- Artículo 2. Personas obligadas a realizar la notificación.
- Artículo 3. Contenido de la notificación.
- Artículo 4. Información a facilitar si el adquirente potencial es una entidad aseguradora o reaseguradora supervisada por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones o ha sido evaluado por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones en los dos años anteriores.
- Artículo 5. Información a facilitar si el adquirente potencial es una entidad financiera sometida a supervisión en España o en la Unión Europea.
- Artículo 6. Principio de proporcionalidad.
- Artículo 7. Adquisiciones producidas de forma sobrevenida.
- CAPITULO II
- Artículo 8. Obligación de suministrar información para la valoración de la honorabilidad y aptitud de quienes pretenden desempeñar determinados cargos y funciones.
- Artículo 9. Obligados a realizar la comunicación.
- Artículo 10. Contenido de la comunicación.
- Artículo 11. Información sobre personas sometidas a supervisión.
- CAPITULO III
- Artículo 12. Forma de presentación de la información.
- Artículo 13. Tratamiento de los datos.
- Disposición adicional única. Externalización de funciones.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Bases de la ordenación de seguros.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor y efectos.
- Firma
- ANEXO I
- ANEXO II


