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Legislación › Real Decreto 256/2016, de 10 de junio, por el que se aprueba la Instrucción para la recepción de cementos (RC-16).

Artículo 5. Especificaciones.

Artículo 5. Especificaciones.

5.1 Especificaciones de los cementos sujetos al marcado CE.

Los cementos sujetos al marcado CE que figuran en el Anejo I de esta Instrucción deberán cumplir con las especificaciones que en él se prescriben.

5.2 Especificaciones de los cementos sujetos al Real Decreto 1313/1988, de 28 de octubre.

Los cementos sujetos al Real Decreto 1313/1988, de 28 de octubre que figuran en el Anejo II de esta Instrucción deberán cumplir con las especificaciones que en él se prescriben.

Cuando una norma armonizada incluya a alguno de los cementos contemplados en el Anejo II y por lo tanto pase a disponer de marcado CE, pasará a cumplir con las especificaciones que en la citada norma se prescriba a partir del final del período de coexistencia.

Se modifica el título del apartado 2 por el art. único.3 del Real Decreto 320/2024, de 26 de marzo. BOE-A-2024-7034

Esta modificación tiene efectos desde el 1 de julio de 2024, según establece la disposición final única.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de julio de 2024 En vigor BOE-A-2024-7034 Leer Qué cambió
26 de junio de 2016 Texto original Leer

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