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Legislación › Real Decreto 277/2016, de 24 de junio, por el que se regulan las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura.

Artículo 13. Documentación y plazos.

Artículo 13. Documentación y plazos.

1. Una extensión de norma solo podrá ser solicitada por una única organización profesional a la Administración competente, sin que sea posible una solicitud conjunta de varias organizaciones profesionales con el mismo objeto.

2. (Suprimido)

3. El plazo para solicitar una extensión de norma a la Administración competente será de al menos cuatro meses de antelación a la fecha prevista de entrada en vigor.

Se suprime el apartado 2 por el art. único.16 del Real Decreto 664/2023, de 18 de julio. BOE-A-2023-16726

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
21 de julio de 2023 En vigor BOE-A-2023-16726 Leer Qué cambió
9 de julio de 2016 Texto original Leer

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