Legislación › Real Decreto 277/2016, de 24 de junio, por el que se regulan las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura.
Artículo 13. Documentación y plazos.
Artículo 13. Documentación y plazos.
1. Una extensión de norma solo podrá ser solicitada por una única organización profesional a la Administración competente, sin que sea posible una solicitud conjunta de varias organizaciones profesionales con el mismo objeto.
2. (Suprimido)
3. El plazo para solicitar una extensión de norma a la Administración competente será de al menos cuatro meses de antelación a la fecha prevista de entrada en vigor.
Se suprime el apartado 2 por el art. único.16 del Real Decreto 664/2023, de 18 de julio. BOE-A-2023-16726
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 21 de julio de 2023 En vigor | BOE-A-2023-16726 | Leer | Qué cambió |
| 9 de julio de 2016 | Texto original | Leer |


