Legislación › Orden APM/839/2017, de 28 de agosto, por la que se aprueban los Estatutos del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida "Jumilla".
Artículo 3. Fines.
Artículo 3. Fines.
La finalidad principal del Consejo Regulador es la gestión y defensa de la D.O.P. Jumilla, a través de sus órganos de gobierno.
Son fines del Consejo Regulador la representación y fomento de la D.O.P. Jumilla, así como la defensa, garantía, investigación y desarrollo de mercados y promoción, de los vinos amparados así como la prestación de servicios relacionados con estas actividades.


