LexTotal

Legislación › Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura.

Disposición transitoria tercera. Reglamento de los Cuerpos o plantillas de Policía Local.

Disposición transitoria tercera. Reglamento de los Cuerpos o plantillas de Policía Local.

En el plazo que se establezca en las Normas-Marco de Coordinación de Policías Locales de Extremadura, los ayuntamientos que cuenten con Reglamento de Policía Local procederán a adaptarlos a lo establecido en la presente ley y en dichas normas-marco.

Igual plazo regirá para la aprobación de dichos reglamentos en aquellos ayuntamientos que no contasen con los mismos.

← Disposición transitoria segunda Índice Disposición transitoria cuarta →