LexTotal

Legislación › Ley 2/2017, de 27 de junio, de declaración del Parque Natural Marítimo-Terrestre Es Trenc-Salobrar de Campos.

Disposición transitoria cuarta. Régimen provisional del anclaje, el fondeo, el amarre, la circulación de embarcaciones y el transporte colectivo de viajeros por mar.

Disposición transitoria cuarta. Régimen provisional del anclaje, el fondeo, el amarre, la circulación de embarcaciones y el transporte colectivo de viajeros por mar.

En relación con las actividades de anclaje, fondeo, amarre, circulación de embarcaciones y transporte colectivo de viajeros por mar, hasta la aprobación del PORN, les serán de aplicación provisional las disposiciones de protección ambiental contenidas en el Plan de gestión del ZEC del archipiélago de Cabrera, cuyo ámbito marino se solapa con el ámbito marino del parque, sin perjuicio de la normativa sectorial que sea de aplicación.

← Disposición transitoria tercera Índice Disposición transitoria quinta →