Legislación › Ley 16/2017, de 1 de agosto, del cambio climático.
Disposición adicional séptima. Fondo del Patrimonio Natural.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 27 de marzo de 2018 y la del 25 de julio de 2019.
Tachado: lo que se quitó (32 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
Volver al texto en vigor
Disposición adicional séptima. Declaración del Mediterráneo como zona libre de prospecciones y actividades de extracción y explotación de hidrocarburos.
El Gobierno debe adoptar las medidas necesarias y hacer las actuaciones pertinentes ante los organismos competentes para declarar el Mediterráneo zona libre de prospecciones y actividades de extracción y explotación de hidrocarburos. (Anulada)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 14 de mayo de 2020 En vigor | BOE-A-2020-7383 | Leer | Qué cambió |
| 25 de julio de 2019 | BOE-A-2019-10915 | Leer | Qué cambió |
| 27 de marzo de 2018 | BOE-A-2018-4239 | Leer | Qué cambió |
| 4 de diciembre de 2017 | BOE-A-2017-14164 | Leer | Qué cambió |
| 23 de agosto de 2017 | Texto original | Leer |
← Disposición adicional sexta Índice Disposición transitoria primera →


