LexTotal

Legislación › Ley 13/2017, de 8 de noviembre, del Taxi de la Comunitat Valenciana.

Disposición transitoria segunda. De las personas jurídicas titulares de varias autorizaciones de taxi.

Disposición transitoria segunda. De las personas jurídicas titulares de varias autorizaciones de taxi.

Las personas jurídicas titulares de autorizaciones de taxi obtenidas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 6/2011, de 1 de abril, de la Generalitat, de movilidad de la Comunitat Valenciana, podrán continuar con las mismas.

Se modifica por el art. 91 de la Ley 9/2019, de 23 de diciembre. BOE-A-2020-1010

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2020 En vigor BOE-A-2020-1010 Leer Qué cambió
11 de noviembre de 2017 Texto original Leer

← Disposición transitoria primera Índice Disposición transitoria tercera →