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Legislación › Real Decreto 123/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre el uso del dominio público radioeléctrico.

Artículo 43. Documentación adicional.

Artículo 43. Documentación adicional.

La solicitud de título habilitante para el uso privativo de los recursos órbita-espectro deberá ir acompañada de la documentación siguiente:

1. Características técnicas de la red o sistema de satélites así como de los servicios de comunicaciones por satélite a ofrecer, cobertura prevista, calidad de la señal, balances de los distintos enlaces, entre otros, así como su adecuación a la normativa en vigor y al Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT.

2. Declaración del material, instalaciones y equipo técnico que tenga previsto utilizar en la ejecución del proyecto.

3. Presupuesto económico desglosado y total estimado para la ejecución íntegra del proyecto, incluyendo el segmento espacial y el segmento terreno, así como los costes de lanzamiento y seguros.

4. Compromiso de que los centros de gestión y estaciones de control del sistema de satélites estarán radicados en España, siempre y cuando sea técnicamente posible.

5. Documentación que permita acreditar la solvencia económica y técnica del solicitante, mediante la presentación de los siguientes documentos:

a) Balances o extractos de balances del último ejercicio económico, debidamente auditados.

b) Declaración relativa a la cifra de negocios global en los últimos tres ejercicios.

c) Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos.

d) Declaración que indique el promedio anual de personal y plantilla de directivos durante los tres últimos años.

e) Declaración de las medidas adoptadas por los empresarios para controlar la calidad, así como de los medios de estudio y de investigación de que dispongan.

f) Cualificación de los cuadros técnicos relacionados con el proyecto.

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