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Legislación › Real Decreto 123/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre el uso del dominio público radioeléctrico.

Artículo 44. Denegación de solicitudes.

Artículo 44. Denegación de solicitudes.

La Secretaría de Estado para la Sociedad de la Información y la Agenda Digital podrá denegar mediante resolución motivada las solicitudes, además de por alguna de las causas mencionadas en el artículo 34, por las siguientes:

a) Falta de solvencia económica o técnica del solicitante o falta de viabilidad del proyecto.

b) Razones de interés público, de fomento de competencia en los mercados de redes y servicios de comunicaciones electrónicas, o de desarrollo del sector de las telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, debidamente acreditadas.

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