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Orden DEF/368/2017, de 4 de abril, por la que se aprueba el Régimen del Alumnado de la enseñanza de formación y se modifica la Orden DEF/1626/2015, de 29 de julio, por la que se aprueban las directrices generales para la elaboración de los currículos de la enseñanza de formación para el acceso a las diferentes escalas de suboficiales de los cuerpos de las Fuerzas Armadas.
En vigor Ministerio de Defensa · Publicada el 27 de abril de 2017 · Último cambio el 27 de junio de 2026 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo único. Aprobación del Régimen del Alumnado de la enseñanza de formación.
- Disposición adicional única. Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas.
- Disposición transitoria primera. Pensiones e indemnizaciones.
- Disposición transitoria segunda. Aplicación de situaciones administrativas.
- Disposición transitoria tercera. Pervivencia normativa anterior.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación de la Orden DEF/1626/2015, de 29 de julio, por la que se aprueban las directrices generales para la elaboración de los currículos de la enseñanza de formación para el acceso a las diferentes escalas de suboficiales de los cuerpos de las Fuerzas Armadas.
- Disposición final segunda. Facultades dispositivas.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- [firma]
- RÉGIMEN DEL ALUMNADO
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Condición de alumno de la enseñanza de formación.
- Artículo 2. Alumnos extranjeros que cursan estudios en centros docentes militares españoles.
- Artículo 3. Empleos eventuales.
- Artículo 4. Régimen de los alumnos con condición militar previa al ingreso.
- CAPÍTULO II
- Artículo 5. Objetivos.
- Artículo 6. Régimen de vida.
- Artículo 7. Horario y régimen de actividades.
- Artículo 8. Uniformidad y policía.
- Artículo 9. Encuadramiento.
- Artículo 10. Guardias y servicios.
- Artículo 11. Retribuciones, vestuario, alojamiento, alimentación, protección social y apoyo al personal.
- Artículo 12. Vacaciones, permisos y licencias.
- Artículo 13. Protección a la maternidad.
- Artículo 14. Actividades extraescolares.
- CAPÍTULO III
- Artículo 15. Derechos. 2 redacciones · cambió el 04/08/2022
- Artículo 16. Deberes. 3 redacciones · cambió el 27/06/2026
- Artículo 17. Derechos académicos. 2 redacciones · cambió el 04/08/2022
- Artículo 18. Deberes académicos. 3 redacciones · cambió el 27/06/2026
- CAPÍTULO IV
- Artículo 19. Definición.
- Artículo 20. Correcciones a las infracciones de carácter académico.
- Artículo 21. Competencia y procedimiento para efectuar correcciones a las infracciones de carácter académico.
- Artículo 22. Competencia para dirigir amonestaciones escritas y casos en que proceden.
- Artículo 23. Efectos y constancia de las correcciones por infracciones de carácter académico.
- Artículo 24. Reclamación frente a amonestaciones escritas.
- CAPÍTULO V
- Artículo 25. Legislación aplicable.
- Artículo 26. Criterios para la aplicación de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas a los alumnos de formación de los centros docentes militares.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 27. Disposiciones generales.
- Artículo 28. Información a los alumnos en orden a la evaluación. 2 redacciones · cambió el 04/08/2022
- Artículo 29. Revisión de exámenes.
- Artículo 30. No acreditación de aptitudes específicas.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 31. Causas. 3 redacciones · cambió el 27/06/2026
- Artículo 32. Baja a petición propia.
- Artículo 33. Baja por insuficiencia de condiciones psicofísicas. 2 redacciones · cambió el 01/11/2024
- Artículo 34. Baja por no superación de las pruebas previstas en el currículo.
- Artículo 35. Baja por carencia de las cualidades en relación con los principios constitucionales y las reglas de comportamiento del militar. 2 redacciones · cambió el 01/11/2024
- Artículo 36. Baja por imposición de sanción disciplinaria de baja en el centro docente militar por falta grave o separación de servicio o resolución de compromiso por falta muy grave.
- Artículo 37. Baja por sentencia firme condenatoria por delito doloso.
- Artículo 38. Baja por pérdida de nacionalidad.
- Artículo 39. Baja por incumplimiento, en contra de lo declarado por el interesado, de las condiciones requeridas para el ingreso en los centros docentes militares.
- Artículo 40. Baja por ingreso en un centro docente militar de formación. 3 redacciones · cambió el 27/06/2026
- Artículo 41. Baja por incumplimiento de las condiciones requeridas para el ingreso en los centros docentes militares.
- Artículo 41 bis. Baja por incumplimiento de los deberes del alumnado. 2 redacciones · cambió el 27/06/2026
- Artículo 42. Procedimiento para la resolución de baja de alumnos de formación.
- Artículo 43. Situación de los alumnos que causan baja.


