LexTotal

Legislación › Ley 9/2017, de 27 de junio, de universalización de la asistencia sanitaria con cargo a fondos públicos mediante el Servicio Catalán de la Salud.

Artículo 1. Derecho universal a la asistencia sanitaria.

Artículo 1. Derecho universal a la asistencia sanitaria.

Todos los residentes en Cataluña, en los términos establecidos por la presente ley, tienen derecho a la asistencia sanitaria, con cargo a fondos públicos, mediante el Servicio Catalán de la Salud.

Se declara extinguido el proceso por desistimiento del recurrente por Auto del TC de 16 de octubre de 2018. BOE-A-2018-14472

Se suspende la vigencia y aplicación de este artículo desde el 27 de marzo de 2018 para las partes en el proceso y desde el 28 de abril de 2018 para los terceros, por providencia del TC de 24 de abril de 2018 que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad núm. 1680/2018. BOE-A-2018-5800

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de octubre de 2018 En vigor BOE-A-2018-14472 Leer Qué cambió
28 de abril de 2018 BOE-A-2018-5800 Leer Qué cambió
29 de junio de 2017 Texto original Leer

Índice Artículo 2 →