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Legislación › Real Decreto 772/2017, de 28 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola.

ANEXO XII

ANEXO XII

Autorizaciones concedidas para replantaciones

Comunidad Autónoma:

 

Fecha de comunicación:

 

Campaña vitícola:

 

Provincia

Número de hectáreas efectivamente concedidas situadas en superficies admisibles a la producción de***:

Vino con

DOP*

Vino con IGP**

Vino sin

DOP/IGP

Total

(1)

(2)

(3)

(4)

(5)

         
         
         

TOTAL

       

Provincia origen de la autorización (a)

Vino con

DOP*

Vino con IGP**

Vino sin

DOP/IGP

Total

         
         

TOTAL

       

Código DOP (b)

Vino con Denominación de Origen Protegida (DOP)

     
         
         

TOTAL

       

* Estas superficies también pueden ser admisibles para la producción de vino con IGP o vino sin IG; ninguna de las superficies comunicadas en la columna (2) debe ser incluida en la columna (3).

** Estas superficies también pueden ser admisibles para la producción de vino sin IG pero no de vino DOP; ninguna de las superficies comunicadas en la columna (3) debe ser incluida en la columna (4).

*** Datos referidos a la campaña vitícola anterior a la comunicación.

(a) Se indicará la provincia de origen de la autorización cuando los derechos de replantación o arranques que originaron la misma provengan de otra comunidad autónoma, detallando la superficie concedida a partir de los mismos (vino con DOP, vino con IGP, vino sin DOP/IGP).

(b) Se indicará el nombre de la DOP, identificada por su código, y el número de hectáreas del total recogido en la columna (2) que se localizan en la zona geográfica de esa DOP.

Fecha límite de la comunicación: 1 octubre.

Se modifica por la disposición final 1.1 del Real Decreto 861/2018, de 13 de julio. BOE-A-2018-10939

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
2 de agosto de 2018 En vigor BOE-A-2018-10939 Leer Qué cambió
1 de agosto de 2017 Texto original Leer

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