Legislación › Real Decreto 772/2017, de 28 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola.
ANEXO XII
ANEXO XII
Autorizaciones concedidas para replantaciones
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Comunidad Autónoma: |
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Fecha de comunicación: |
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Campaña vitícola: |
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Provincia |
Número de hectáreas efectivamente concedidas situadas en superficies admisibles a la producción de***: |
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Vino con DOP* |
Vino con IGP** |
Vino sin DOP/IGP |
Total |
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(1) |
(2) |
(3) |
(4) |
(5) |
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TOTAL |
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Provincia origen de la autorización (a) |
Vino con DOP* |
Vino con IGP** |
Vino sin DOP/IGP |
Total |
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TOTAL |
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Código DOP (b) |
Vino con Denominación de Origen Protegida (DOP) |
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TOTAL |
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* Estas superficies también pueden ser admisibles para la producción de vino con IGP o vino sin IG; ninguna de las superficies comunicadas en la columna (2) debe ser incluida en la columna (3). ** Estas superficies también pueden ser admisibles para la producción de vino sin IG pero no de vino DOP; ninguna de las superficies comunicadas en la columna (3) debe ser incluida en la columna (4). *** Datos referidos a la campaña vitícola anterior a la comunicación. |
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(a) Se indicará la provincia de origen de la autorización cuando los derechos de replantación o arranques que originaron la misma provengan de otra comunidad autónoma, detallando la superficie concedida a partir de los mismos (vino con DOP, vino con IGP, vino sin DOP/IGP). (b) Se indicará el nombre de la DOP, identificada por su código, y el número de hectáreas del total recogido en la columna (2) que se localizan en la zona geográfica de esa DOP. Fecha límite de la comunicación: 1 octubre. |
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Se modifica por la disposición final 1.1 del Real Decreto 861/2018, de 13 de julio. BOE-A-2018-10939
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 2 de agosto de 2018 En vigor | BOE-A-2018-10939 | Leer | Qué cambió |
| 1 de agosto de 2017 | Texto original | Leer |


