LexTotal

Legislación › Real Decreto 772/2017, de 28 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola.

ANEXO XIV

ANEXO XIV

Inventario de superficies de viñedo

Comunidad Autónoma:

 

Fecha de comunicación:

 

Campaña vitícola:

 

Provincia

Superficie realmente plantada con viñedo (ha) que son admisibles para la producción de***:

Vino con Denominación de Origen Protegida (DOP)*

Vino con Indicación Geográfica Protegida (IGP)**

Vino sin DOP/IGP y situado en una zona DOP/IGP

Vino sin DOP/IGP y situado fuera de una zona DOP/IGP

Total****

de los cuales están incluidos en la columna (2)

de los cuales no están incluidos en la columna (2)

(1)

(2)

(3)

(4)

(5)

(6)

(7)

             
             
             

TOTAL

           

Código DOP

(a)

Vino con Denominación de Origen Protegida

(DOP)

         
             
             

TOTAL

           

* Estas superficies también son admisibles para la producción de vino con IGP o vino sin IG.

** Estas superficies también son admisibles para la producción de vino con DOP y vino sin IG (columna (3)), o sólo vino con IGP y vino sin IG (columna (4)). Ninguna de las superficies recogidas en las columnas (3) y (4) deben ser incluidas en las columnas (5) y (6).

*** Datos referidos al 31 de julio de la campaña vitícola anterior.

**** Valores a introducir en esta columna: (7) = (2) + (4) + (5) + (6).

(a) Se indicará el nombre de la DOP, identificada por su código, y el número de hectáreas del total recogido en la columna (2) que se localizan en su zona geográfica de esa DOP.

Fecha límite de la comunicación: 1 octubre.

Se modifica por la disposición final 1.3 del Real Decreto 861/2018, de 13 de julio. BOE-A-2018-10939

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
2 de agosto de 2018 En vigor BOE-A-2018-10939 Leer Qué cambió
1 de agosto de 2017 Texto original Leer

← Disposición final tercera Índice