Legislación › Ley 4/2017, de 27 de junio, de accesibilidad universal de la Región de Murcia.
Artículo 6. Condiciones de accesibilidad a la sociedad de la información y de las telecomunicaciones.
Artículo 6. Condiciones de accesibilidad a la sociedad de la información y de las telecomunicaciones.
En el ámbito de la sociedad de la información, las telecomunicaciones y los medios de comunicación social, la Administración regional garantizará la accesibilidad universal y diseño en elementos como la firma electrónica, la puesta a disposición de servicios de interpretación y videointerpretación, acceso a páginas Web públicas o acceso electrónico a los servicios públicos, entre otros.


