LexTotal

Legislación › Ley 4/2018, de 28 de junio, de Formación Profesional del País Vasco.

Artículo 35. Supervisión de las evaluaciones del sistema vasco de formación profesional y de los programas específicos.

Artículo 35. Supervisión de las evaluaciones del sistema vasco de formación profesional y de los programas específicos.

Las evaluaciones periódicas así realizadas se podrán someter al examen de un comité internacional de expertas y expertos en formación profesional, a los efectos de que supervisen la evaluación técnica realizada y propongan medidas para la mejora y desarrollo del sistema vasco de formación profesional.

← Artículo 34 Índice Disposición adicional primera →