Legislación › Ley 5/2018, de 17 de octubre, para la protección, reconocimiento y memoria de las víctimas del terrorismo.
Artículo 6. Titulares del derecho a las indemnizaciones por daños personales y ayudas extraordinarias.
Artículo 6. Titulares del derecho a las indemnizaciones por daños personales y ayudas extraordinarias.
Serán titulares del derecho a percibir las indemnizaciones complementarias quienes las hubieran recibido previamente del órgano competente para el mismo supuesto según la legislación estatal y se encuentren dentro del ámbito de aplicación de la presente ley.
Se modifica por el art. único.4 de la Ley 1/2025, de 30 de abril. BOE-A-2025-19344
Esta modificación surte efectos desde el 26 de octubre de 2018, según establece la disposición adicional 1 de la citada Ley.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 7 de mayo de 2025 En vigor | BOE-A-2025-19344 | Leer | Qué cambió |
| 26 de octubre de 2018 | Texto original | Leer |


