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Legislación › Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Artículo 28. Puestos vacantes.

Artículo 28. Puestos vacantes.

Tienen la consideración de vacantes, a efectos de concurso, los puestos reservados a este sistema de provisión y no cubiertos por el mismo ni por funcionarios nombrados en un primer destino.

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