Legislación › Ley 7/2018, de 26 de marzo, de Seguridad Ferroviaria.
Disposición adicional sexta. Tramos de carácter tranviario.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de diciembre de 2025 y la del 3 de julio de 2026.
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Disposición adicional sexta. Tramos de carácter tranviario tranviario.
Tienen carácter tranviario los tramos y subtramos del sistema ferroviario autonómico clasificados como tales en el anexo I del Catálogo de infraestructuras ferroviarias y tranviarias de la Generalitat, aprobado mediante la orden de la conselleria competente en materia de transportes.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 3 de julio de 2026 En vigor | BOE-A-2026-15683 | Leer | Qué cambió |
| 30 de diciembre de 2025 | BOE-A-2025-90320 | Leer | Qué cambió |
| 29 de marzo de 2018 | Texto original | Leer |
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